

¿Qué pasó?
La defensa de César Hinostroza, exjuez supremo y presunto líder de “Los Cuellos Blancos del Puerto”, presentó una excepción de improcedencia de acción con el objetivo de que se archive el proceso en su contra por organización criminal.
Su argumento se basó en los recientes cambios al Código Penal, específicamente en la reforma del Artículo 317°, que ahora exige una estructura más compleja y con mayor capacidad operativa para configurar este delito.
La respuesta del Juzgado Supremo
Sin embargo, el Juzgado Supremo determinó que los hechos imputados sí encajan en el nuevo marco legal. Según la resolución, la organización criminal en cuestión presentaba permanencia en el tiempo, una estructura jerárquica y capacidad para coordinar actos ilícitos, elementos suficientes para cumplir con la nueva normativa.
En consecuencia, se rechazó la excepción de improcedencia con base en dos puntos clave:
- Los requisitos del delito de organización criminal se cumplen conforme a la reforma del Código Penal.
- El umbral mínimo de pena (5 años) permite que el proceso continúe sin afectar su legalidad.
¿Cuál es el impacto?
Esta decisión tiene un impacto crucial, ya que refuerza una interpretación amplia del delito de organización criminal, aplicable incluso a redes de corrupción dentro del Estado.
Además, marca un precedente importante para futuros procesos contra estructuras delictivas en la administración pública, asegurando que puedan ser sancionadas bajo este tipo penal.